Mendoza aprobó una ley que multa a los padres por casos de bullying en las escuelas

Actualidad Educación

Los diputados mendocinos dieron este miércoles sanción final a un proyecto que incorpora la responsabilidad parental en situaciones de acoso escolar dentro del Código Contravencional. Desde ahora, los padres podrán recibir multas económicas o trabajo comunitario cuando sus hijos participen en casos de bullying.

Según la nueva normativa, los adultos responsables deberán asumir hasta 30 días de tareas comunitarias. Si el caso es grave, el juez podrá aplicar multas de 1500 a 3000 UF (entre $630.000 y $1.260.000, tomando el valor actual de $420 por UF). En 2026, con la UF a $500, las sanciones subirán a un rango de $750.000 a $1.500.000.

El espíritu de la ley apunta a reforzar la idea de que el bullying es un problema “de alto impacto social”, con consecuencias psicológicas, emocionales y físicas para las víctimas. Aunque las escuelas juegan un rol clave, el proyecto destaca que la educación, el acompañamiento y la supervisión comienzan en casa.

La iniciativa busca que los padres asuman un rol más activo y preventivo. El texto remarca que el objetivo principal no es castigar, sino generar conciencia, brindar herramientas y “romper el ciclo de violencia desde el hogar”. También incorpora el principio de protección de las víctimas, apostando a intervenciones más rápidas que detengan las agresiones.

Cómo funcionará la aplicación de la ley

La norma incorpora los artículos 100 bis, 100 ter y 100 quater al Código Contravencional. Allí se crea la figura de “Responsabilidad parental por acoso escolar”, que sanciona la falta de vigilancia, contención o intervención de los adultos cuando un niño o adolescente a su cargo incurre en bullying y causa daño físico, psicológico o emocional a otro.

Antes de llegar a la Justicia, la ley establece una instancia previa:

  • Si una escuela o un organismo de protección detecta un caso y verifica tanto la conducta del menor como la falta de acción de los adultos, deberá activar los protocolos internos.
  • Esa etapa debe incluir a equipos interdisciplinarios (psicólogos, trabajadores sociales, etc.).
  • Solo si el proceso fracasa —por inasistencia de los padres o porque no cumplen los compromisos asumidos— el caso pasa al Juzgado Contravencional, acompañado por un informe detallado.

También se prevén sanciones específicas para los adultos que, aun notificados del comportamiento de su hijo, no adopten medidas de supervisión o contención, o incumplan lo acordado con la escuela. En esos casos, se aplicará trabajo comunitario y, según la gravedad, las multas antes mencionadas.

El dinero recaudado irá al Fondo Provincial de Prevención y Asistencia de Víctimas de Acoso Escolar (Ley 9545), administrado por la Dirección General de Escuelas y destinado también a Bibliotecas Populares.

Al presentar el proyecto, el ministro de Educación, Cultura, Infancias y DGE, Tadeo García Zalazar, había señalado que el objetivo es cubrir tanto la prevención como la sanción:

“Cuando la prevención no alcanza, serán los jueces quienes deberán intervenir”.