Tras más de 30 años de regulación, el Ejecutivo derogó el decreto que obligaba a los institutos privados a solicitar autorización para modificar matrículas y aranceles. Desde ahora, las instituciones podrán fijar libremente sus valores según sus costos y condiciones del mercado.
La medida se formalizó a través del Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial, y marca un cambio profundo en la relación entre el Estado y los establecimientos educativos de gestión privada en todo el país. Con la derogación del Decreto 2417/1993, los colegios dejan de estar obligados a comunicar o justificar previamente los aumentos de cuotas ante el Gobierno nacional.
Según el texto oficial, el sistema anterior “terminaba perjudicando a las familias”, ya que los institutos solían establecer montos más altos al inicio del ciclo lectivo para cubrirse frente a posibles incrementos no autorizados durante el año.
Además, el Ejecutivo argumentó que las instituciones privadas deben tener la libertad de fijar sus precios, condiciones de contratación y salarios, en línea con el derecho de propiedad y la libre competencia. Desde la mirada del Gobierno, los controles estatales habrían limitado la capacidad de los colegios para adaptarse a la inflación y sostener la calidad educativa.
Por último, el decreto instruye al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, a revisar el Decreto 2542/1991, base del sistema de financiamiento de la educación privada. El objetivo es avanzar hacia un esquema que garantice la libre contratación y permita a las instituciones definir sus políticas de precios y compensaciones “en un marco de competencia leal y acorde a las demandas del mercado”.

