El Gobierno nacional avanzó con nuevas condiciones para la atención sanitaria de extranjeros en los hospitales públicos, a partir de las modificaciones introducidas por el DNU 366/2025 a la Ley de Migraciones.
Según la nueva normativa, los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en Argentina deberán afrontar el costo de las prestaciones de salud que no sean consideradas de emergencia. Para acceder a la atención, podrán presentar un seguro de salud que cubra la prestación o realizar el pago correspondiente antes de recibirla.
La disposición generó polémica y establece una diferenciación según la situación migratoria de cada persona.
Los extranjeros con residencia permanente mantienen el mismo acceso al sistema público de salud que los ciudadanos argentinos. Para acreditar esa condición deberán presentar en el área de admisión del hospital el DNI físico para extranjeros vigente, donde figure la categoría «Residente permanente».
En caso de haber perdido el documento o encontrarse en trámite, podrán presentar una Constancia de Residencia Permanente en Trámite emitida digitalmente por la Dirección Nacional de Migraciones, acompañada por el pasaporte vigente o el documento de identidad del país de origen.
Las emergencias quedan exceptuadas
Uno de los puntos centrales de la normativa es que la atención de emergencia no podrá ser condicionada por la situación migratoria.
La excepción alcanza a las prestaciones destinadas a evaluar, diagnosticar, estabilizar y tratar de manera inmediata una condición que implique un riesgo cierto e inminente para la vida, un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible.
Sin embargo, la normativa establece que una vez superada la emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a su aseguradora, según corresponda.
De esta manera, la discusión no pasa por impedir la atención de una persona extranjera ante una emergencia, sino por establecer quién afrontará los costos de las prestaciones posteriores y de aquellas que no sean consideradas urgentes.
Qué cambia para los extranjeros no residentes
La nueva disposición establece que quienes no tengan residencia permanente deberán contar con cobertura de salud o afrontar directamente el costo de las prestaciones no urgentes.
El cambio introduce un criterio de acceso diferenciado al sistema público en función de la residencia permanente, una definición que también fue incorporada en otras áreas de las políticas públicas.
El argumento oficial apunta a establecer mecanismos para que las personas que no tienen residencia permanente puedan recibir atención, pero con un sistema de cobertura o pago que permita recuperar los costos de las prestaciones.
El antecedente de las universidades
La modificación en materia sanitaria se suma a otro cambio impulsado por el Gobierno nacional respecto de los extranjeros: el acceso a las universidades públicas.
El 22 de julio, el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, confirmó que las universidades nacionales pueden establecer aranceles para estudiantes extranjeros que no cuenten con residencia permanente.
El DNU 366/2025 modificó en este punto la Ley de Educación Superior. La gratuidad de los estudios de grado en instituciones estatales quedó establecida para ciudadanos argentinos nativos o por opción y para extranjeros con residencia permanente.
Para quienes no estén comprendidos en esas categorías, las universidades nacionales podrán establecer retribuciones por los servicios educativos.
Una nueva discusión sobre el acceso a servicios públicos
Las modificaciones impulsadas por el Gobierno abren un debate más amplio sobre el alcance de la gratuidad de los servicios públicos para extranjeros y sobre el criterio de residencia como condición para acceder a determinadas prestaciones.
En salud, la normativa mantiene como principio que una emergencia debe ser atendida independientemente de la situación migratoria. La diferencia aparece posteriormente, cuando se determina quién debe afrontar el costo de la atención.
El cambio, al igual que el aplicado en el sistema universitario, plantea una pregunta de fondo: ¿hasta dónde debe alcanzar la gratuidad de los servicios públicos y qué condiciones pueden establecerse para quienes no tienen residencia permanente en el país?

